A- de 2020
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Viceprocurador General De La Nacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia
- Contenido y alcance
- No aceptación de impedimento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
El Viceprocurador General de la Nación solicitó a la Corporación ser relevado del deber de rendir concepto en el presente juicio de constitucionalidad, por considerarse impedido para ello por encontrarse incurso en la causal denominada interés directo en la decisión, conforme lo establecido en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991.
La Sala Plena considera que la causal invocada por el Viceprocurador no configura un interés actual, personal y directo que afecte la parcialidad con que debe ejercer su función y la confianza que la ciudadanía debe tener respecto del ejercicio objetivo y desinteresado de las funciones públicas y, por ello, decide NO ACEPTAR el impedimento formulado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. NO ACEPTAR, con base en las razones expresadas en esta providencia, el impedimento manifestado por el senor Viceprocurador General de la Nacion para emitir concepto dentro del expediente D-13476.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaria General de la corporacion que levante la suspension de terminos decretada con ocasion del impedimento propuesto y corra traslado al Viceprocurador General de la Nacion, por el termino restante del otorgado inicialmente al Procurador General de la Nacion, para que rinda el concepto correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.